El Gobierno Nacional decidió reglamentar la gradualidad en el pago de los aportes parafiscales durante los primeros tres años de vida de las micro, pequeñas y medianas empresas –Mipymes- nacientes.
Se trata de beneficiar de inmediato a cerca de 100.000 nuevas Mipymes (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) con el propósito de que esto repercuta en facilitarles la formalización empresarial, la generación de empleo y la sobrevivencia, pues sólo al cuarto año de operación pagarán el 100 por ciento de los aportes parafiscales.
El mecanismo de beneficio fue explicado por el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata, al acudir a la norma –Decreto 525 del 23 de febrero de 2009- que permitirá que las Mipymes hagan el descuento automático del pago de los aportes parafiscales, de forma tal que durante el primer año paguen el 25%; en el segundo, el 50%; en el tercero, el 75%, y sólo en el cuarto año, el 100%.
Para obtener los beneficios, inicialmente los representantes de las Mipymes deben enviar un memorial a la DIAN y se empezará a contar desde el inicio de la actividad económica principal señalada en el RUT. Las Mipymes que se hayan constituido o iniciado operaciones 3 años antes del decreto, deberán actualizar el RUT.
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